2 de diciembre de 2020

DESPIDOS DISCIPLINARIOS EN CTDI

Desde la sección sindical de CGT queremos informaros de los últimos despidos en CTDI, como sabréis despidos disciplinarios. Ante esta nueva dinámica queremos explicar que es un despido disciplinario y que hacer si te despiden a ti.

 ¿Qué es un Despido disciplinario?

El despido disciplinario es aquel motivado por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Este tipo de extinción laboral no da derecho a una indemnización ni se somete a un preaviso. De modo que se trata de una de las modalidades de despido más perjudiciales para el empleado.

Si el trabajador no está conforme con el despido, puede demandar a la empresa y entonces, el despido disciplinario a su vez podrá ser considerado por el juez como procedente, improcedente o nulo. Es muy importante recordar que el plazo para presentar la demanda, a través de la llamada “papeleta de conciliación” es de 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos). Si se pasa este plazo, el trabajador pierde su derecho a impugnar el despido.

 

Link papeleta de conciliación SMAC

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/espacio-smac

Ejemplo Modelo de papeleta de conciliación explicado:

https://www.cuestioneslaborales.es/modelo-papeleta-conciliacion-despido-improcedente-nulo/


Como dijimos anteriormente este tipo de despido no da derecho a percibir ninguna indemnización por fin de contrato.

Sin embargo, el trabajador sí que tiene derecho a que en el finiquito se le paguen en la liquidación los días que ha trabajado hasta el fin del contrato, y si le quedan vacaciones por disfrutar y pagas extra no recibidas, el importe económico correspondiente.

Aunque el despido haya sido disciplinario, esto no impide que el trabajador pida su prestación o subsidio por desempleo, siempre cuando cumpla los requisitos necesarios de cotización.

Solicitud prestación por desempleo:

https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=sv00A

Recomendamos siempre ante este despido firmar NO CONFORME, con fecha, nombre y DNI. También recomendamos aún con esta información acudir a vuestro sindicato o bien pedir asesoría jurídica para realizar las gestiones del despido.  

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