16 de abril de 2020

ERTE: LA NUEVA EPIDEMIA

La mayoría de nuestras compañeras y compañeros han sido afectados por ERTE,  el gobierno a partir del 17 de marzo modifico los ERTE y supuso una mejora (pincha en este enlace para ver la información oficial del SEPE), pero como nos afecta en nuestra empresa y que debemos saber.

ERTE JORNADA COMPLETA

¿Qué percibo por parte de la empresa y del SEPE?

Recibiremos la parte proporcional de los días trabajados por parte de CTDI y el resto nos lo abonara el SEPE. El estado ha tenido problemas con la gran cantidad de ERTES solicitados y hará un pago total del mes de marzo y abril a partir del 2 de mayo. Si tuviéramos problemas de solvencia económica podríamos pedir un adelanto de nuestras futuras nominas a CTDI.

¿Qué pasara con mis vacaciones y días asuntos propios?


Mientras estamos en situación de ERTE no generamos vacaciones, por lo tanto cuando nos reincorporemos tendremos que hacer un cálculo para conocer los días totales (1mes = 1.83 días)

Los días de asuntos propios se firmaron en la nueva política de vacaciones, nos corresponde 16 horas y CTDI debería de mantenerlos.

¿Qué sucederá cuando finalice el estado de alarma?

Salvo que se introduzca un nuevo real decreto, nuestro ERTE por fuerza mayor (Covid-19) deberá finalizar, y a efectos nos debemos reincorporar a nuestro puesto de trabajo, CTDI podría realizar un nuevo ERTE ETOP por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o fuerza mayor.

¿Volveré a mi antiguo puesto de trabajo?

Ojala comience a subir el trabajo y podamos reincorporarnos, pero lo cierto es que tengamos que adaptarnos a las necesidades de la empresa. Quizás entren nuevos clientes y tengamos que adaptarnos a un nuevo puesto de trabajo. Siempre y cuando no nos afecte como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

¿Qué pasara con mi paga extra?

Cobraremos la parte proporcional a los días trabajados en CTDI, el tiempo que estemos en ERTE no contabiliza para nuestra paga extra.

¿Qué sucede si estoy de baja?

Mientras este de baja por cualquier motivo, la empresa nos puede realizar el ERTE, aunque nos lo notifiquen seguiremos de baja y hasta que no recibamos el alta por parte de nuestro médico no cambiara nuestra situación.

Se acaba mi ERTE, ¿Qué obligaciones tiene la empresa?

La empresa tiene un compromiso con el Estado de mantener nuestro contrato 6 meses, a partir de a finalización de ERTE por fuerza mayor Covid-19.

 

¿Qué sucederá cuando finalice el estado de alarma?

Salvo que se introduzca un nuevo real decreto, nuestro ERTE por fuerza mayor (Covid-19) deberá finalizar, y a efectos nos debemos reincorporar a nuestro puesto de trabajo, CTDI podría realizar un nuevo ERTE ETOP por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o fuerza mayor.


¿Volveré a mi antiguo puesto de trabajo?

Ojala comience a subir el trabajo y podamos reincorporarnos, pero lo cierto es que tengamos que adaptarnos a las necesidades de la empresa. Quizás entren nuevos clientes y tengamos que adaptarnos a un nuevo puesto de trabajo. Siempre y cuando no nos afecte como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

 
¿Qué pasara con mi paga extra?

Cobraremos la parte proporcional a los días trabajados en CTDI, el tiempo que estemos en ERTE no contabiliza para nuestra paga extra.

¿Qué sucede si estoy de baja?

Mientras este de baja por cualquier motivo, la empresa nos puede realizar el ERTE, aunque nos lo notifiquen seguiremos de baja y hasta que no recibamos el alta por parte de nuestro médico no cambiara nuestra situación.

Se acaba mi ERTE, ¿Qué obligaciones tiene la empresa?

La empresa tiene un compromiso con el Estado de mantener nuestro contrato 6 meses, a partir de a finalización de ERTE por fuerza mayor Covid-19.






ERTE PARCIAL (2HORAS)

¿Qué percibo por parte de la empresa y del SEPE?

 
Recibiremos la parte proporcional de los horas trabajadas por parte de CTDI y el resto nos lo abonara el SEPE, será el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, después el 50% y el consumo de la prestación será por horas y por días.

¿Qué pasara con mis vacaciones y días asuntos propios?

Nuestras vacaciones no varían y seguimos teniendo 22 días. Los días de asuntos propios se firmaron en la nueva política de vacaciones, nos corresponde 16 horas y CTDI debería de mantenerlos.

¿Qué sucederá cuando finalice el estado de alarma?

 Salvo que se introduzca un nuevo real decreto, nuestro ERTE por fuerza mayor (Covid-19) deberá finalizar, y a efectos nos debemos reincorporar a nuestro puesto de trabajo, CTDI podría realizar un nuevo ERTE ETOP por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o fuerza mayor.

¿Qué pasara con mi paga extra?

 
Cobraremos la parte proporcional a los días trabajados en CTDI, el tiempo que estemos en ERTE no contabiliza para nuestra paga extra. 

Se acaba mi ERTE, ¿Que obligaciones tiene la empresa?

La empresa tiene un compromiso con el Estado de mantener nuestro contrato 6 meses, a partir de la finalización de ERTE por fuerza mayor Covid-19.

¿Me pueden obligar a hacer horas extraordinarias?

No, solo por motivos de fuerza mayor nos podrían obligar.

Y tú ¿Qué opinas sobre el ERTE en la empresa? Déjanos tu comentario y comparte con las compañeros.


Referencia:
Web. expansion
Web  Sepe
Real Decreto-ley 8/2020, Covid-19

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